En un artículo anterior intentaba razonar sobre la forma en la que la legislación española había traspuesto los compromisos adquiridos en la Directiva 2002/91.
Divagaba yo sobre las características de las dos formas más comunes de aprovechar la energía que nos llega desde el Sol.

Pero ¿nos hemos planteado la rentabilidad real de estos sistemas? Dejando un poco de lado la solar fotovoltaica, en la que debo reconocer que no soy demasiado experto, y centrándonos en la térmica, y concretamente en la producción de Agua Caliente Sanitaria (ACS en adelante) que es la que nos obliga la reglamentación vigente, saquemos unos números rápidos y tomemos nuestras propias decisiones.

Antes de entrar en materia, aprovecho la ocasión para desmentir otra leyenda urbana importante: la implantación de estos sistemas de apoyo solar son eso, sistemas de APOYO, nunca de sustitución. No podemos prescindir de las instalaciones que tenemos actualmente en la vivienda, ya que la energía que nos llega desde el Sol es discontinua y es arriesgado fiarse de tenerla disponible a nuestra voluntad.

Según estudios serios incluidos en la “Guía Técnica del Agua Caliente Sanitaria” publicada por el IDAE, una familia tipo, compuesta por 4 miembros, viviendo en un piso de 90 m², con una temperatura promedio en el agua de red de 15º C, una temperatura de acumulación de agua en el termo eléctrico de 65º C y una temperatura ambiente en el interior de la vivienda de 20º C, tiene un consumo destinado a la producción de ACS de 1.700 kWh anuales.

A este consumo tenemos que añadirle el destinado al mantenimiento de la temperatura dentro del acumulador de agua, estimado en unos 2,2 kWh diarios, lo que eleva el consumo total destinado a la producción y mantenimiento de agua caliente a unos 2.500 kWh anuales.

Teniendo en cuenta solo la energía consumida a un precio de 0,117759 €/kWh, destinamos al año unos 200 € en la producción de ACS y 95 € en compensar las pérdidas de temperatura. Esto hace un total de 300 €/año.

La reglamentación actual, DB – HE4, para el tipo de vivienda media que estamos estudiando, exige una contribución solar mínima de un 70%. Este ahorro es sobre el consumo destinado a la producción, ya que con apoyo solar o sin él, tenemos que seguir acumulando el agua para consumirla cuando la necesitemos, por tanto, el consumo destinado a compensar las pérdidas térmicas, se mantiene.

Transformando esto en números reales, tenemos: 60 € anuales destinados a la producción (un 30% de los 200 € anteriores) más 95 €/año destinados a la compensación de las pérdidas. Esto hace un total de 155 €/año.

Como vemos, la realidad del 70% de ahorro, se transforma en un ahorro real para nuestro bolsillo de un 52%, equivalente a unos 145 € anuales por vivienda.

Una vez que tenemos claro el ahorro para nuestro bolsillo, lo siguiente es estimar el sobreprecio que debemos pagar por nuestra vivienda debido a la instalación solar de apoyo.

Centrándonos en un edificio tipo la repercusión por vivienda puede andar por los 1.500 € más o menos, dependiendo del tipo de instalación.

Haciendo los números a lo bruto, si ahorro 145 € al año y la instalación me cuesta 1.500 €, ¡necesito 10 años para amortizarla!

Estos números están hechos muy por encima, sin contar la repercusión real por vivienda, que será un poco mayor, sin contar los costes anuales del mantenimiento de la instalación solar, etc.

¿Podemos considerar rentable la instalación con esos datos? ¿Merece la pena instalar este tipo de apoyos? ¿Nos hemos vuelto locos?

Os propongo que recapacitéis sobre el asunto, me hagáis los comentarios que estiméis oportunos, y en un par de días comentamos los pros y los contras de este tipo de instalaciones.

Saludos!!